Qué dice la ley
El artículo 64 del Código del Trabajo, incorporado por la Ley 20.729 (2014) y reforzado por la Ley 20.918 (2016), obliga a los restaurantes, bares, cafeterías, pubs, discotecas, fondas y locales similares que atienden con garzones a sugerir en cada cuenta una propina de a lo menos el 10%. La misma norma dice que el cliente la paga "salvo que manifieste su voluntad en contrario": es decir, es voluntaria. Puedes dejar el 10%, más, menos o nada, y el local no puede cobrarla como si fuera parte del consumo.
Lo que sí es obligatorio es lo que pasa después: el empleador debe entregar la propina a los trabajadores en forma íntegra, oportuna y sin condiciones, no puede descontar nada por ese concepto ni intervenir en cómo se la reparten. Si pagaste con tarjeta, el local tiene un plazo máximo de siete días hábiles para traspasársela a los garzones.
