Sueldo proporcional
Calcula cuánto te corresponde del sueldo si entraste o te fuiste a mitad de mes: sueldo ÷ 30 × días corridos trabajados, como fija la Dirección del Trabajo.
El sueldo base del contrato, antes de descuentos.
Se pagan los días corridos desde ese día hasta fin de mes.
Base de días
La Dirección del Trabajo divide el sueldo mensual por 30 cualquiera sea el mes. Algunas empresas usan los días reales; elige esa base para comparar.
Sueldo proporcional
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Ingresa el sueldo y la fecha para ver el proporcional.
Revisado: 8 sep 2026
- Base de días del sueldo proporcional: Dirección del Trabajo (Dictamen DT 5308/230 (26-09-1996); Ord. 1445 (22-11-2023))
Es el sueldo bruto del mes incompleto. No incluye gratificación, bonos ni los descuentos de AFP, salud e impuesto.
Siguiente paso
Calcula el líquido del proporcionalSueldo líquido · Siguiente pasoCómo funciona
Cómo se calcula
Cuando entras o te vas a mitad de mes, el sueldo de ese mes se paga en proporción a los días trabajados. La Dirección del Trabajo fija la convención: el sueldo mensual se divide por 30 para obtener el valor de un día, cualquiera sea la cantidad de días que tenga el mes, y se multiplica por los días corridos que trabajaste.
Sueldo proporcional = Sueldo mensual ÷ 30 × Días corridos trabajados
Los días son corridos, no hábiles: un sueldo mensual paga todos los días del mes, con sábados, domingos y feriados incluidos. Quien entra el 15 trabaja del 15 al 30 (o al 31) y quien se retira el 15 trabajó del 1 al 15. Y el mes completo siempre se paga entero: el 30 es un divisor, no un tope, así que trabajar del 1 al 31 no descuenta un día.
Ejemplo
Con un sueldo de $900.000, el valor día es $30.000. Si ingresas el 16 de septiembre, trabajas 15 días corridos (del 16 al 30) y el proporcional es $450.000. Si ingresas el 25 de marzo, trabajas 7 días (del 25 al 31) y corresponden $210.000. Si tu último día es el 10 de octubre, trabajaste 10 días y recibes $300.000.
Con la base de días reales del mes, el 25 de marzo daría $900.000 ÷ 31 × 7 = $203.226: casi siete mil pesos menos. Por eso la Dirección del Trabajo fijó los 30 días como convención: con ella, un día vale lo mismo en febrero que en agosto.
Qué se paga además del sueldo
Esta herramienta calcula solo el sueldo base del mes incompleto. Sobre ese proporcional se agrega la gratificación legal si tu contrato la incluye, y de él se descuentan las cotizaciones de AFP y salud, el seguro de cesantía y el impuesto único, que se calculan sobre lo efectivamente devengado. Para el monto que llega a tu cuenta usa el sueldo líquido con el proporcional como sueldo base.
Las asignaciones fijas como colación y movilización se prorratean de la misma forma cuando el contrato las fija por mes. Los bonos por metas o comisiones siguen su propia regla, según lo que diga el contrato.
Fuente
Dirección del Trabajo, cálculo de la remuneración por días trabajados (Dictamen 5308/230 de 1996, reiterado en Ord. 1445 de 2023).
Preguntas frecuentes
¿Se cuentan los días hábiles o los días corridos?
Corridos. Un sueldo mensual remunera el mes entero, incluidos los días en que no se trabaja. Si entraste un viernes 27, se pagan el 27, el 28, el 29, el 30 y el 31 aunque el fin de semana no hayas ido.
¿Y si trabajo por día o por hora?
Entonces no hay proporción que sacar: el sueldo diario o por hora ya está fijado en el contrato y se multiplica por los días u horas efectivamente trabajados. Esta herramienta es para el sueldo pactado por mes.
¿Por qué en febrero el valor día no es más alto?
Porque el divisor es siempre 30, no los días del mes. Con la convención de la Dirección del Trabajo, $900.000 valen $30.000 por día en febrero, en abril y en agosto. Si tu liquidación muestra otro valor, la empresa está usando los días reales del mes; la opción "Base de días" te permite comparar las dos.
¿El sueldo proporcional va en el finiquito?
Sí. Al término del contrato, el finiquito incluye los días trabajados del último mes que no se hayan pagado, más el feriado proporcional y las indemnizaciones que correspondan.